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El próximo 27 de marzo son las elecciones del BPS en las que se eligen a los representantes sociales para integrar el Directorio del BPS, conformado por cuatro miembros designados directamente por el Poder Ejecutivo con venia del Senado, y tres Directores sociales electos por los órdenes de afiliados: Trabajadores Activos, Jubilados y Pensionistas, y Empresas Contribuyentes.
Si desea saber dónde debe votar, puede consultar a los siguientes teléfonos de la Corte Electoral: 0800 8747 para Trabajadores, 0800 8748 para Jubilados y Pensionistas y 0800 8745 para Empresas. El plan circuital está disponible en la web de la Corte Electoral.
Como en las elecciones nacionales, en las elecciones del BPS el voto es obligatorio para las personas incluidas en los padrones electorales.
¿Quiénes votan?
Trabajadores activos
Son electores los Trabajadores dependientes públicos o privados (obreros, empleados, etc.), mayores de 18 años de edad al 30.06.2010, que hayan mantenido su condición de afiliados durante los 12 meses anteriores a la citada fecha.
Para conocer el circuito electoral donde deberán votar, comunicarse al 0800 8747.
Jubilados y pensionistas
Son electores las personas mayores de 18 años de edad que hubieran sido declaradas como Jubiladas, Pensionistas por sobrevivencia, Pensionistas a la vejez y Pensionistas por Invalidez, al 30.06.2010.
Para conocer el circuito donde deberán votar, comunicarse al 0800 8748.
Empresas contribuyentes
Son electores las Empresas contribuyentes no estatales (monotributistas, unipersonales y sociedades), inscriptas como tales en el BPS antes del 30.06.2010, en tanto se hayan afiliado y mantenido dicha afiliación durante los 12 meses anteriores al 30.06.2010, y que a dicha fecha se encontraran al día en el pago de sus obligaciones o de las facilidades concedidas por BPS.
Para saber si están habilitadas a votar y/o para conocer el lugar donde tendrá que hacerlo su mandatario, deberán comunicarse al 0800 8745.
¿El voto es obligatorio?
Como en las elecciones nacionales, el voto es obligatorio y secreto; y personal dentro de cada orden.
Para votar se deberá exhibir Credencial Cívica, salvo para los extranjeros que no estén inscriptos en el Registro Cívico Nacional, que lo harán con el documento de identidad.
También se puede consultar en las asociaciones, cámaras y gremios en todo el país.
¿Qué ocurre si una persona pertenece al mismo tiempo a más de un orden?
Si una persona estuviera habilitada para votar en más de un orden, deberá hacerlo.
Es imprescindible para votar en cada orden estar incorporado dentro de los padrones electorales correspondientes.
Fuente:
¿ESTA ELECCIÓN SIGUE SIENDO OBLIGATORIA? GRACIAS
ResponderBorrarHola:
BorrarSí, es obligatoria.
Saludos.
como aberiguo mi numero de credencial
ResponderBorrarCuanto cuesta el tramite comun
ResponderBorrarcuanto cuesta, el tramite comun
como hago para validar mi credencial ?
ResponderBorrarHola, qué pasa si una empresa no registró mandatario? aparte de no poder votar.
ResponderBorrarse le aplica multa por no anotarse? se le complica para realizar algún trámite?
muchas gracias.
Cuantos aumentos hubieron desde octubre 2014 hasta hoy dia para las empleadas domesticas gracias ?
ResponderBorrarYo desde el 29 de febrero estoy en el seguro por desempleó tengo que botar ????
ResponderBorrarMi mama cobra una pensión hace un año tiene que votar
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