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Cambios en la normativa de compras al exterior



El  1º de enero de 2016 entrará en vigencia el decreto que realiza varios cambios en la normativa de compras al exterior. Los principales son la reducción de cinco a cuatro anuales en la cantidad de encomiendas postales internacionales ay además que ahora las facturas que no excedan los 200 dólares no se pagarán impuestos

El decreto señala que ante la necesidad de introducir modificaciones en el régimen de encomiendas postales internacionales, y adecuar la reglamentación sobre la materia de acuerdo con las disposiciones legales, y con el fin de "simplificar el procedimiento aduanero y proporcionar mayores certezas a los operadores postales y usuarios, se introducen modificaciones en la forma de valoración de la mercadería".


El Gobierno "entiende pertinente disminuir la cantidad de envíos que podrán recibirse al año, a fin de que no se desvirtúe el régimen", y decreta que "la importación y la exportación de mercadería realizada al amparo del régimen de encomiendas postales internaciones de entrega expresa, cuyo valor de factura o declaración de valor no exceda los 200 dólares, estarán exentas del pago de tributos". Estas operaciones podrán realizarse "hasta un máximo de cuatro veces por año civil cada persona física".

Se modifica, asimismo, el artículo 6 del Decreto Nº 356/014 del 9 de diciembre de 2014, y ahora se establece que "el valor de la mercadería importada al amparo del régimen de encomiendas postales internacionales, será el que surja de la factura original de compra, cuando la naturaleza del bien y el modo de adquisición requieran ese tipo de documentación, y en los restantes casos, el que surja de la declaración de valor. En todos los casos, la encomienda deberá ser acompañada por la documentación que acredite el valor de la mercadería"

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