Al alquilar por Contaduría General de la Nación se cuenta con el respaldo del Estado.
El Servicio de Garantía de Alquileres (SGA) permite acceder a una garantía de alquiler para casa-habitación respaldada por la Contaduría General de la Nación (CGN) y se solicita en las oficinas del SGA.
¿Quiénes pueden hacer uso de la Garantía Estatal?
- Funcionarios Públicos con un año de antigüedad.
- Empleados de Empresas Privadas, inscriptas en el registro del SGA, con dos años de antigüedad.
- Jubilados y Pensionistas.
- Beneficiarios del Convenio con el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA).
- Beneficiarios del Subsidio del Banco de Previsión Social (BPS).
Beneficios del uso del SGA
Trámites sin costo. Los usuarios de esta garantía tienen el beneficio del descuento directamente en su recibo de sueldo.Sin cuota de afiliación. Sin costo por la firma del contrato.
Los usuarios MVOTMA tienen la posibilidad de abonar el alquiler en la Red de Pagos Abitab de todo el país.
Depende de la Contaduría General de la Nación del Ministerio de Economía y Finanzas (Administración Central)
¿Dónde y cuándo se realiza el trámite?
En Montevideo:Dirección: Misiones 1423 esq. Rincón
Teléfono de la Central Telefónica: 1712
Teléfono para consultas: 0800 87650800 8765 FREE
Horario de atención general: lunes a viernes de 9:30 a 16.00 horas.
En el Interior:
Inmobiliarias autorizadas de los departamentos de Paysandú, Maldonado, Colonia, Lavalleja, Salto, Durazno, San José, Canelones y Artigas.
¿Qué se necesita para realizarlo?
Como cada trámite tiene sus peculiaridades, sírvase consultar en nuesta página web www.sga.gub.uy que documentación deberá presentar, qué formularios llenar y si el trámite implica agendarse previamente. Ver requisitos.
Tener en cuenta:
Costo:3% del monto del alquiler para cada parte (arrendador y arrendatario) que se descontará mensualmente junto con el alquiler mensual.
Forma de solicitarlo:
En forma personal por parte del interesado, o de un representante con carta poder certificada por Escribano Público, Dependiendo del trámite que vaya a realizar deberá previamente agendarse en la web del SGA o a través del Call Center 0800 87650800 8765 FREE.
Otros datos de interés:
A partir de la aprobación de la Reforma Tributaria, la Contaduría General de la Nación es formalmente agente de retención. Esto quiere decir que de los arrendamientos abonados mensualmente, será retenido el 10,50% el cual servirá para realizar el pago del Impuesto a la Renta de Personas Físicas por rendimiento de Capital. Aquellos que se encuentren en condiciones de exonerar el pago del tributo, deben iniciar la gestión correspondiente ante la Dirección General Impositiva (DGI), trámite que culmina con la correspondiente comunicación al Servicio de Garantía de Alquileres de la Contaduría General de la Nación. El pago a los arrendadores se realiza exclusivamente a través de transferencia Bancaria; los Bancos habilitados hasta el momento son: BROU, DISCOUNT BANK, ITAU, BBVA, BANCO SANTANDER y SCOTIABANK.
quisiera saber si un jubilado por doméstica y ultimos años comercio,ya no puede solventar un alquiler ,que obsión puede haber de viviendas a destinar? gracias
ResponderBorrar