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Quiénes aportarán IRPF en 2016

quienes aportan IRPF 2016

El Poder Ejecutivo firmó un decreto con el valor de la BPC para este año por lo que ya sabemos quienes aportaran IRPF en el 2016. Rige con fecha 1 de enero de 2016, por lo que se efectivizará los primeros días de febrero.

El monto mínimo no imponible del IRPF para los trabajadores pasó de $21.364 a $23.380 y en el caso del IASS de los pasivos el monto mínimo no imponible pasó de $24.416 a $26.720.

A. Trabajadores con un único empleo, y con hijos menores y capaces:
- Trabajadores sin hijos y con un sueldo nominal hasta $29.090 no paga anticipo mensual de IRPF.
- Trabajadores con 1 hijo y con un sueldo nominal hasta $33.400 no paga anticipo mensual de IRPF.
- Trabajadores con 2 hijos y con un sueldo nominal hasta $36.070 no paga anticipo mensual de IRPF.
- Trabajadores con 3 hijos y con un sueldo nominal hasta $40.330 no paga anticipo mensual de IRPF.


En el caso de trabajadores con un hijo legalmente reconocido como discapacitado de cualquier edad y con un sueldo nominal hasta $36.070 no paga anticipo mensual de IRPF.

Con dos hijos legalmente reconocido como discapacitados de cualquier edad y con un sueldo nominal hasta $44.600 no paga anticipo mensual de IRPF.

B. Situaciones con cónyuge o concubino sin actividad:

- Trabajadores con cónyuge o concubino/a sin actividad, con un sueldo nominal hasta $29.830 no paga anticipo mensual de IRPF, (y desde diciembre 2013, el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el Fonasa).

- Trabajadores con 1 hijo y con cónyuge o concubino/a sin actividad, con un sueldo nominal hasta $33.400 no paga anticipo mensual de IRPF, (y desde diciembre 2012 el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el Fonasa).

- Trabajadores con 2 hijos y con cónyuge o concubino/a sin actividad, con un sueldo nominal hasta$36.940 no paga anticipo mensual de IRPF, (y desde diciembre 2011 el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el Fonasa).

- Trabajadores con 3 hijos y con cónyuge o concubino/a sin actividad, con un sueldo nominal hasta$41.310 no paga anticipo mensual de IRPF, (y desde diciembre 2010 el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el Fonasa).

- Trabajadores con cónyuge o concubino/a sin actividad, con 2 hijos a cargo, uno capaz y otro discapacitado, con un sueldo nominal hasta $41.310 no paga anticipo mensual de IRPF, (y desde diciembre 2011 el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el Fonasa).

- Trabajadores con cónyuge o concubino/a sin actividad, con 3 hijos a cargo, dos capaces y uno discapacitado, con un sueldo nominal hasta $45.680 no paga anticipo mensual de IRPF, (y desde diciembre 2010 el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el Fonasa).


Vía: Portal 180

Comentarios

  1. que le pasa a recursos humanos que no contestan el telefono. para que lo tienen?? hace 2 horas estoy llamando

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Hola, si tienes alguna consulta específica sobre el trámite te recomendamos que te comuniques directamente con la oficina correspondiente que figura en el artículo. Saludos y suerte.

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