El Poder Ejecutivo firmó un decreto con el valor de la BPC para este año por lo que ya sabemos quienes aportaran IRPF en el 2016. Rige con fecha 1 de enero de 2016, por lo que se efectivizará los primeros días de febrero.
El monto mínimo no imponible del IRPF para los trabajadores pasó de $21.364 a $23.380 y en el caso del IASS de los pasivos el monto mínimo no imponible pasó de $24.416 a $26.720.
A. Trabajadores con un único empleo, y con hijos menores y capaces:
- Trabajadores sin hijos y con un sueldo nominal hasta $29.090 no paga anticipo mensual de IRPF.
- Trabajadores con 1 hijo y con un sueldo nominal hasta $33.400 no paga anticipo mensual de IRPF.
- Trabajadores con 2 hijos y con un sueldo nominal hasta $36.070 no paga anticipo mensual de IRPF.
- Trabajadores con 3 hijos y con un sueldo nominal hasta $40.330 no paga anticipo mensual de IRPF.
En el caso de trabajadores con un hijo legalmente reconocido como discapacitado de cualquier edad y con un sueldo nominal hasta $36.070 no paga anticipo mensual de IRPF.
Con dos hijos legalmente reconocido como discapacitados de cualquier edad y con un sueldo nominal hasta $44.600 no paga anticipo mensual de IRPF.
B. Situaciones con cónyuge o concubino sin actividad:
- Trabajadores con cónyuge o concubino/a sin actividad, con un sueldo nominal hasta $29.830 no paga anticipo mensual de IRPF, (y desde diciembre 2013, el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el Fonasa).
- Trabajadores con 1 hijo y con cónyuge o concubino/a sin actividad, con un sueldo nominal hasta $33.400 no paga anticipo mensual de IRPF, (y desde diciembre 2012 el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el Fonasa).
- Trabajadores con 2 hijos y con cónyuge o concubino/a sin actividad, con un sueldo nominal hasta$36.940 no paga anticipo mensual de IRPF, (y desde diciembre 2011 el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el Fonasa).
- Trabajadores con 3 hijos y con cónyuge o concubino/a sin actividad, con un sueldo nominal hasta$41.310 no paga anticipo mensual de IRPF, (y desde diciembre 2010 el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el Fonasa).
- Trabajadores con cónyuge o concubino/a sin actividad, con 2 hijos a cargo, uno capaz y otro discapacitado, con un sueldo nominal hasta $41.310 no paga anticipo mensual de IRPF, (y desde diciembre 2011 el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el Fonasa).
- Trabajadores con cónyuge o concubino/a sin actividad, con 3 hijos a cargo, dos capaces y uno discapacitado, con un sueldo nominal hasta $45.680 no paga anticipo mensual de IRPF, (y desde diciembre 2010 el cónyuge o concubino/a sin actividad laboral tiene cobertura de salud por el Fonasa).
Vía: Portal 180
que le pasa a recursos humanos que no contestan el telefono. para que lo tienen?? hace 2 horas estoy llamando
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